viernes, noviembre 15, 2024
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Por violación, 57 mujeres acceden a interrupción del embarazo en Edomex

Cada mes alrededor de 10 mujeres, niñas o adolescentes han accedido a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), teniendo como principal causal la violación sexual, así lo indican datos de la Secretaría de Salud Estatal, que es la encargada de ofrecer los servicios preventivos y de atención especializada ante este tipo de casos.

Información de la plataforma Cubos de Lesiones de la Secretaría de Salud del Estado de México, dada a conocer por la dependencia estatal, detalla que de enero a junio de este año se identificaron 57 mujeres embarazadas, como consecuencia de una violación sexual, a quienes se les brindaron los servicios de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) por esa causal.

Los datos de la dependencia estatal refieren que en este periodo se brindó atención especializada a quienes se acercaron a los servicios de salud, cumpliendo con el marco legal vigente, particularmente con la NOM 046-SSA2-2005.

“La IVE deberá brindarse a todas las víctimas de delitos de naturaleza sexual, como lo son la violación equiparada, el estupro, la pederastia, el abuso sexual o el incesto o conductas en las que se coaccionó de alguna forma el consentimiento, puntuando que el consentimiento en menores de 15 años fácilmente puede ser coaccionado, condicionado, disfrazado, obligado debido a las asimetrías de poder y edad”, se detalla.

Esta norma marca que las instituciones de salud deben atender los casos de violencia sexual como urgencias médicas y ofrecer atención inmediata, por lo que “actualmente el Estado de México cuenta con servicios de atención a la violencia sexual en niñas, niños, adolescentes y mujeres en los Servicios de Salud del Estado de México, siendo estrategias de los Componentes de Violencia de Género y Aborto Seguro”.

Además de este servicio, el personal médico y de salud brinda atención psicológica, médica, consejería, profilaxis para la prevención de Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), incluyendo el VIH/SIDA; la Anticoncepción de Emergencia, así como la canalización a otras instituciones, en caso de que así se requiera.

Esta norma también detalla que los servicios de Aborto Seguro son una obligación de los servicios de salud por lo que se deben garantizar a quien así lo solicite, “considerando el interés superior a la niñez, el principio de buena fe y la autonomía progresiva, es esencial facilitar el acceso sin verse obstaculizado por el requisito de consentimiento o autorización de terceros”.

De igual forma las niñas y adolescentes mayores de 12 años pueden solicitar de manera autónoma la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), con la manifestación bajo protesta de decir verdad de que el embarazo fue producto de una violación, donde tampoco es necesaria una denuncia para que se le pueda brindar el servicio, en caso de ser menor de 12 años, podrá solicitarlo a través de madre, padre o tutor o la institución que funja como representante legal en materia de Niñas, Niños y Adolescentes, cuando no se encuentren las personas anteriormente mencionadas o formen parte de la red de agresores.

“Obstaculizar o impedir el acceso a la interrupción del embarazo a una niña o adolescente que ha sido violentada sexualmente es una triple vulneración de sus derechos humanos: violación a su integridad sexual, coerción a llevar a término un embarazo forzado y obligarla a ser madre”, se concluye.

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