domingo, febrero 23, 2025
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Registro de aspirantes para elección de personas juzgadoras en Edomex será del 11 al 16 de febrero de 2025

El Comité de Evaluación del Poder Legislativo del Edomex expidió la convocatoria pública a las personas interesadas en formar parte del proceso de evaluación y selección de postulaciones de la elección extraordinaria de las personas juzgadoras 2025, quienes ocuparán los cargos de la presidencia y magistraturas del Tribunal Superior de Justicia, magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, y juezas y jueces del Poder Judicial del Estado de México.

De acuerdo con un boletín del Legislativo, quienes deseen participar en el proceso de selección y postulación de candidaturas deberán registrarse en el micrositio del 11 al 16 de febrero de 2025.

Las personas interesadas deberán generar una cuenta de usuario y contraseña de acceso al micrositio, con el uso de su Clave Única de Registro de Población (CURP) y número de cédula profesional, a través de la cual podrán dar seguimiento al proceso de elección.

Deberán acreditar los requisitos de elegibilidad, presentando acta de nacimiento en copia certificada o documento que acredite la nacionalidad mexicana por nacimiento; CURP; original o copia certificada por autoridad competente o fedatario público de la credencial del Instituto Nacional Electoral y título de Licenciatura en Derecho.

Además, certificado de estudios o historial académico que acredite los promedios establecidos en los requisitos constitucionales; currículum vitae y documentos u otros elementos de prueba que acrediten la práctica profesional en la actividad jurídica afín a su candidatura.

¿Qué ciudadanos serán convocados para participar en las elecciones del Poder judicial?

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Así como constancia de residencia en el estado de al menos un año y carta bajo protesta de decir verdad de que se goza de buena reputación; que no ha sido condenada o condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad, delito de violencia política contra las mujeres en razón de género, o por delitos de violencia familiar, contra la libertad sexual o de violencia de género; y que no se encuentre suspendido de sus derechos políticos.

Para el caso de magistradas y magistrados, se solicita también una carta de no haber ocupado el cargo de titular de Secretaría o equivalente, fiscal general de justicia, senadora o senador, diputada o diputado federal o local, presidenta o presidente municipal, durante el año previo al día de la publicación de la presente convocatoria.

Asimismo, certificado de no deudor alimentario; ensayo de tres cuartillas donde justifiquen los motivos de su postulación; cinco cartas de referencia de sus vecinos o vecinas, colegas o personas que respalden su idoneidad para desempeñar el cargo; y, en el caso de personas que pretendan postularse a la presidencia del Tribunal Superior de Justicia, deberán presentar un escrito en el que solicite dicha aspiración.

Quienes se registren deberán proporcionar información sobre su autodeterminación de género; especificar si cuentan con alguna condición de discapacidad y si requieren, por tal razón, de algún ajuste razonable; así como, si pertenecen a alguna comunidad indígena o afromexicana, para implementar medidas afirmativas a lo largo del proceso de evaluación.

Cabe señalar que cada persona aspirante podrá inscribirse para un solo cargo, dentro de un único distrito o región judicial y en una sola especialidad.

Concluido el registro, el Comité verificará, del 16 al 18 de febrero, que quienes se hayan registrado reúnan los requisitos constitucionales de elegibilidad, para que el 19 de febrero publique el listado de las personas que los hayan cumplido.

Entre el 20 y 24 de febrero, el Comité evaluará y calificará la idoneidad de las personas elegibles, y el 24 publicará el listado de las personas que cumplieron con la evaluación de idoneidad.

Posteriormente, el 26 de febrero, el Comité depurará el listado mediante insaculación pública para ajustarlo al número de personas candidatas que postulará el Poder Legislativo y publicará los resultados en los medios habilitados.

Además, el 27 de febrero, la LXII Legislatura mexiquense aprobará el listado mediante votación de dos terceras partes de sus integrantes presentes y, un día después, integrará los listados y expedientes de las personas postuladas por cada poder y los remitirá al Instituto Electoral del Estado de México, a efecto de que prosiga con el proceso electivo.

Por otra parte, el Comité de Evaluación seleccionará a las personas aspirantes que considere idóneas para los cargos a los que se hayan postulado y acordará con ellas la realización de una entrevista pública en la que, a través de exposiciones orales, se verificará su competencia, conocimientos y aptitudes.

De la Región Judicial, con sede en Toluca, se elegirán 12 magistraturas y 13 cargos en juzgados; de la Región Tlalnepantla de Baz, 6 magistraturas y 15 en juzgados; de la Región Texcoco, 5 magistraturas y 14 juzgados; y de la Región Ecatepec de Morelos 5 magistraturas y 13 juzgados.

La convocatoria precisa que la presidencia del Tribunal Superior de Justicia será electa a nivel estatal por un periodo de dos años. La persona que obtenga más votos a nivel estatal la asumirá con independencia de la elección de su magistratura en el territorio respectivo, y los tres periodos siguientes de la presidencia rotatoria serán asignados en orden subsecuente a las demás candidaturas que hayan obtenido los mayores números de votos en la elección a nivel estatal y que, además, hayan sido electas en su respectiva jurisdicción, observando el principio de paridad de género alternadamente entre las asignaciones.

El presidente de la Jucopo aseguró que la insaculación se realizará de manera pública en el Congreso.

Para el Tribunal de Disciplina Judicial las magistraturas serán electas a nivel estatal por un periodo que vencerá en 2030 para tres de ellas y en 2033 para las dos restantes, las cuales se asignarán en función del número de votos que obtenga cada candidatura, correspondiendo un periodo mayor a quienes alcancen mayor votación.

Para las salas colegiadas, unitarias y tribunales de alzada, las magistraturas serán electas por el ámbito territorial que corresponda, por un periodo de ocho años, y para los juzgados de primera instancia, de cuantía menor, de control, de enjuiciamiento, laborales y de ejecución de sentencias, las juezas y jueces serán electos por el ámbito territorial que corresponda por un periodo de ocho años.

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