El 31 de marzo entró en vigor la Norma Oficial Mexicana NOM-036-1-STPS-2018, la cual actualizó los factores de riesgo ergonómicos en el trabajo, además de identificar, analizar, controlar y prevenir cualquier riesgo relacionado al manejo manual de cargas, es decir, todo aquel material que una trabajadora o trabajador cargue, jale, empuje o apile por más de dos o tres veces al día.
Pedro Ramírez Martínez, responsable de capacitación en temas de Seguridad e Higiene y Asesoría Empresarial de TriTalent, indicó que es necesario que los patrones tomen las medidas necesarias para evitar sanciones.
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En general -dijo- las empresas deben hacer un análisis de los factores de riesgo ergonómico debido al manejo manual de cargas; tomar en cuenta las medidas generales de seguridad para el levantamiento y transporte de cargas de manera manual, que contemple entre otras la supervisión de que se realicen en condiciones seguras; mantener las áreas de tránsito y de trabajo libres de obstáculos; conservar el orden y la limpieza en el lugar de trabajo; y proporcione la ropa y el equipo de protección personal requerido.
«A la fecha las lesiones más frecuentes entre los colaboradores están las lumbares por sobrecarga, que en ocasiones afectan la parte de la columna; además de las lesiones en manos, cuello y hombros. Todo depende del giro de cada empresa», dijo.
La norma en su tabla 1 maneja una carga para personal de 18 años el peso máximo recomendado son 7 kilos, los mayores de 18 a 45 años pueden cargar 25 kilos. «La carga máxima para los hombres es de 25 kilos, mientras para las mujeres es de 20 kilos y para aquellas trabajadoras mayores de 45 años, no puede rebasar los 15 kilos».
También está prohibido que las mujeres en estado de gestación, y durante las primeras 10 semanas posteriores al parto, realicen actividades de manejo de materiales de forma manual que impliquen cargas de más de 10 kilos, posturas forzadas, o movimientos repetitivos por periodos prolongados, que impliquen esfuerzo abdominal o de miembros inferiores.
Pese a los cinco años de prórroga que se dieron para su aplicación -mencionó- las empresas del Valle de Toluca siguen en el proceso de familiarización, aunque las más grandes llevan el mayor avance, no así las más pequeñas que aún desconocen la norma, no han hecho un análisis, y les falta la aplicación en materia ergonómica.
«Por eso es tan importante la difusión y la capacitación para que la gente entienda cuales son los riesgos a los que se exponen los trabajadores», dijo.
El problema -apuntó- es que muchas veces las empresas no cuentan con los especialistas para generar este tipo de análisis y por eso deben contratarlos, sin embargo, no todos deben hacerlo de manera externa. Si las empresas cuentan con el especialista -añadió- la Norma indica que se cubran los términos y requisitos de manera general.
«Las empresas deben hacer las adecuaciones pertinentes para crear áreas seguras en sus operaciones. La inversión dependerá del análisis que pueda llegar a generarse, si dentro de los avances las empresas ya lo tienen, la inversión es mínima», dijo.
El experto en seguridad y capacitación empresarial indicó que las sanciones por incumplimiento pueden ir de las 50 a las 5 mil UMA’s , es decir, por encima de medio millón de pesos o el cierre total del negocio.
Cabe mencionar que la norma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de noviembre de 2018, busca prevenir riesgos ergonómicos en el trabajo a través de la identificación, análisis, prevención y control adecuados, y aplica a todos los centros de trabajo donde los colaboradores realizan cargas manuales, es decir, jale, empuje o apile algún material por más de dos o tres veces al día.