lunes, septiembre 23, 2024
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Confirma Sala Superior triunfos en distritos federales del Edomex

La Sala Superior confirmó 13 triunfos de la coalición “Sigamos Haciendo Historia”, integrada por Morena, PT y Partido Verde en igual número de distritos del Estado de México, al considerar que los argumentos presentados por el PRD fueron insuficientes para acreditar una posible nulidad de la elección.

Los juicios fueron promovidos por el Partido de la Revolución Democrática para impugnar los cómputos y la declaración de validez de los distritos federales 3 de Atlacomulco, 6 de Coacalco, 10 y 11 de Ecatepec, 14 de Tepexpan, 15 de Atizapán de Zaragoza, 20 de Tecámac, 21 de Amecameca, 25 de Chimalhuacán, 31 de Nezahualcóyotl, 33 de Chalco, 37 de Teoloyucan y 39 de La Paz en la entidad mexiquense y los de otros estados.

El sol azteca controvirtió el cómputo de votos de la elección a diputaciones federales.

Los juicios fueron considerados inoperantes, pues la Sala Superior advirtió que la Sala Toluca sí analizó las pruebas para sustentar que no se podía acreditar la supuesta nulidad.

Entre otras cosas, el PRD advirtió que no se cumplió con la carga mínima para analizar sus planteamientos, pero las y los magistrados confirmaron que la autoridad fue exhaustiva al valorar los planteamientos, en torno a una supuesta violencia del crimen organizado en la elección que no se pudo acreditar; ya que no se refirieron circunstancias de tiempo, modo y lugar y no se demostraron los dichos.

En todos los juicios el Partido de la Revolución Democrática argumentó una supuesta indebida integración de casillas por personas no autorizadas, el haber permitido sufragar a personas ciudadanas sin credencial, o que no estaban inscritas en el listado nominal y argumentaba que esa irregularidad había sido determinante para el resultado de las casillas.

También esgrimió la supuesta existencia de regularidades graves y no reparables durante la jornada electoral y acusó al Ejecutivo Federal de intervenir en el proceso electoral, vulnerar los principios de neutralidad y equidad y transgredir el artículo 134 constitucional con sus conferencias matutinas, a través de las cuales según el PRD, realizó propaganda gubernamental e incidió en forma directa en el proceso electoral, en beneficio de la coalición triunfadora y sus candidaturas.

Sin embargo, de acuerdo con las resoluciones, el sol azteca no demostró las circunstancias particulares que pudieran llevar a la nulidad de la elección o de las casillas, no señaló, ni a crédito cómo es que la supuesta intervención del Gobierno Federal fue determinante para el resultado de la elección.

La Sala Superior consideró que el PRD no aportó elementos probatorios para demostrar los agravios; por lo cual resultaron inoperantes y se limitó a decir de manera genérica que la sentencia de la salud era ilegal por no valorar el material probatorio.

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