miércoles, septiembre 25, 2024
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Debe existir certificado de no deudor alimentario en expedientes de servidores públicos

Debe existir el certificado de no deudor alimentario en expedientes laborales de servidores públicos, tras discusión de comisionados del INFOEM sobre la viabilidad de esta información.

Es así que. En sesión del Instituto de Información (Infoem), se habló de la importancia de contar con el certificado de no deudor alimentario en los expedientes laborales de los servidores públicos, así como del impacto del lenguaje inapropiado en las solicitudes de acceso a la información.

El comisionado presidente, José Martínez Vilchis, dio su voto particular en un recurso de revisión, señalando que el certificado de no deudor alimentario moroso debe estar presente en el expediente laboral del presidente municipal y de los regidores.

Indicó que de acuerdo al artículo 47 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios, esta información es un requisito esencial para ingresar al servicio público, incluso para aquellos elegidos por votación popular.

En este sentido la comisionada María del Rosario Mejía Ayala coincidió con esta visión, emitiendo un voto particular concurrente que reafirma la necesidad de eliminar la salvedad para los servidores públicos de elección popular.

En contraste, la comisionada Guadalupe Ramírez Peña argumentó que, para estos casos, el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) es la instancia responsable de manejar dicha información, destacando además la posible clasificación de estos datos como confidenciales para proteger la privacidad de los servidores.

En otro tema, la comisionada Sharon Morales Martínez expresó su desacuerdo con la idea de que el lenguaje inapropiado en las solicitudes de información pública impida el ejercicio del derecho al acceso a la información.

Subrayó la importancia de centrarse en el contenido de la solicitud, independientemente del lenguaje utilizado.

El comisionado Luis Gustavo Parra Noriega apoyó esta postura, defendiendo que la libertad de expresión debe respetarse y que las solicitudes deben ser evaluadas por su contenido, no por el lenguaje empleado.

En la sesión se aprobaron 54 medidas de apremio durante esta sesión, destaca que incluyeron 46 apercibimientos a servidores públicos, seis amonestaciones dirigidas a titulares de unidades de transparencia y dos amonestaciones públicas a superiores jerárquicos.

En particular, se destacaron las amonestaciones públicas a la titular del Sistema de Transporte Masivo y Teleférico del Estado de México, debido al incumplimiento de resoluciones de recursos de revisión emitidas por este instituto.

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