jueves, octubre 10, 2024
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Entró en vigor la Ley del “Home Office”, estos son sus derechos y obligaciones

El pasado 5 de diciembre entró en vigor la nueva NOM-037-STPS-2023, también conocida como la “Ley del Home Office”, la cual establece una serie de condiciones de seguridad y trabajo para quienes laboran desde dicha modalidad.

A través de esta norma, las y los empleadores adquieren la obligación de garantizar la salud de las y los trabajadores desde la distancia a través del pago de la utilización de internet, luz y hasta el respeto a la desconexión.

Las modificaciones fueron publicadas el pasado 9 de junio en el Diario Oficial de la Federación en reforma a la Ley Federal del Trabajo de enero del 2021 y establece que todos los centros de trabajo que cuenten con más del 40 por ciento de su tiempo bajo la modalidad de “home office” contarán con obligaciones adicionales.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social señaló que la NOM incluye las siguientes condiciones:

Proveer a las personas trabajadoras de equipo adecuado y las medidas específicas para prevenir riesgos laborales específicos del teletrabajo.

Entre las herramientas necesarias para el desempeño laboral se incluye silla ergonómica y aditamentos ergonómicos en caso de ser necesario.

Se tienen exactamente los mismos derechos que el resto de los trabajadores tanto en lo individual como en lo colectivo.

Pago del monto proporcional del consumo de internet, luz, tableta, celular, impresora y tinta que pueda requerir.

Revisión de que el lugar donde se trabaja sea seguro, ventilado e iluminado.

El “home office” es reversible si no existen las condiciones para realizarlo a distancia o no convenga al trabajador.

Finalmente, la NOM-037-STPS-2023 establece el derecho a la desconexión que refiere al respeto de los horarios de la jornada laboral, por lo que los empleados podrán no participar en reuniones o hacer uso de equipos de cómputo o similares en vacaciones, permisos y licencias.

Obligaciones de las y los trabajadores:

Por otra parte, en cuanto a las obligaciones de las y los trabajadores, la ley señala que también deben cumplir con una serie de condiciones que le permitan realizar sus actividades laborales de forma óptima.

Comunicar a la persona empleadora el domicilio donde se realiza el trabajo.

Respetar el horario de entrada y salida establecido.

Cuidar los equipos y herramientas otorgadas para trabajar.

Avisar con tiempo si se cambiará el domicilio.

Notificar cualquier inconveniente y abstenerse de ausentarse sin previo aviso.

Informar cualquier alteración de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

Se prohíbe trabajar bajo los efectos del alcohol o cualquier otra sustancia que pueda afectar el desempeño laboral.

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