Entre 2025 y lo que va de 2026, el Poder Judicial del Estado de México ha atendido más de 14 mil solicitudes de pensión alimenticia, un derecho que busca garantizar el bienestar y desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes mediante el cumplimiento de una obligación compartida entre ambos progenitores.
El juez Marco Antonio Vergara Díaz, adscrito al Juzgado Primero Familiar de Ecatepec, explicó que la pensión alimenticia no se limita únicamente a cubrir gastos de alimentación, sino que también contempla aspectos esenciales para el crecimiento de las y los menores, como educación, atención a la salud física y emocional, así como actividades culturales y recreativas.
El juzgador señaló que, en numerosos casos, los conflictos entre los padres terminan afectando directamente a hijas e hijos, ya que las aportaciones económicas suelen utilizarse como una forma de presión dentro de las disputas familiares. Añadió que en municipios como Ecatepec también influyen factores sociales como la delincuencia y el consumo de sustancias nocivas, que pueden impactar en el cumplimiento de estas obligaciones.
Como ejemplo, refirió el caso de una joven de 17 años que enfrentaba dificultades para cubrir gastos de transporte, alimentación y materiales escolares necesarios para continuar sus estudios como ingeniera aeroespacial. La falta de recursos afectó su desempeño académico y puso en riesgo su formación profesional, por lo que se emitieron órdenes a las autoridades educativas para regularizar las materias que se vieron afectadas por la ausencia de apoyo económico.
Cómo se determinan las pensiones alimenticias
Para resolver este tipo de asuntos, explicó que los juzgados familiares trabajan de manera coordinada con diversas instituciones y especialistas. Entre las herramientas utilizadas se encuentran peritajes en trabajo social y psicología, además de información proporcionada por autoridades hacendarias, organismos de seguridad social e institutos registrales, con el objetivo de determinar montos acordes con las necesidades de las y los menores.
Vergara Díaz indicó que uno de los principales desafíos en estos procedimientos es agilizar el intercambio de información entre instituciones y contar con datos completos y actualizados que permitan ofrecer una atención más eficiente a las familias.
Recordó también que los trámites relacionados con pensión alimenticia pueden iniciarse a través de la Oficialía de Partes del Poder Judicial, el Sistema DIF, la Secretaría de las Mujeres, el Instituto de la Defensoría Pública y otras instancias que brindan orientación para la presentación de demandas.
“Hay que continuar alentando a la ciudadanía a resolver sus conflictos familiares entre ellos mismos a través de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias y no afectar a niñas, niños y adolescentes, pues la familia es el núcleo básico de la sociedad”, concluyó el juez.
De acuerdo con el artículo 4.127 del Código Civil del Estado de México, tienen derecho a recibir alimentos las y los hijos menores de edad, así como quienes continúan estudiando, personas con discapacidad, adultos mayores y cónyuges o concubinos que se hayan dedicado al trabajo del hogar o estén imposibilitados física o mentalmente para trabajar, siempre que acrediten dicha condición mediante documentación expedida por una institución pública de salud.

